Ventajas económicas como parte del salario

El artículo 90 del Código de Trabajo establece que las ventajas económicas de cualquier naturaleza que se otorguen a los trabajadores por la prestación de sus servicios constituyen el treinta por ciento (30%) del importe total del salario devengado, salvo pacto en contrario.

La legislación no establece un concepto claro sobre lo que debe entenderse por ventajas económicas, pero comúnmente se menciona que las ventajas económicas son aquellos bienes no dinerarios o servicios que se otorgan al trabajador por la prestación de los servicios.

Consideramos que el Código de Trabajo establece las ventajas económicas como una medida protectora del salario fijándole un límite (30%) para evitar que los bienes y servicios en especie sean compensatorios del salario pactado con el trabajador reduciendo el importe dinerario que este recibe por la prestación de sus servicios.

Pero no debemos confundir las ventajas económicas con el suministro que hace el patrono a los trabajadores, de útiles, instrumentos y materiales necesarios para ejecutar el trabajo convenido, como la asignación de teléfono para comunicación de asuntos de trabajo; uso de materiales y enseres de oficina, energía eléctrica, aire acondicionado, mobiliario y equipo, computadores, vehículos, maquinaria, herramientas, consumo de agua potable, café, y los beneficios de tipo previsional, es decir, aquellos establecidos para cubrir riesgos, tales como seguro de vida, seguro de gastos médicos, etc.

Debemos aclarar que, las ventajas económicas no constituyen una prestación laboral adicional que debe compensarse al finalizar la relación laboral, y su único efecto es el de incrementar en 30% el salario para efectos del cálculo de la indemnización.

Por tanto, conviene conocer si dentro de las relaciones laborales que mantenemos estamos o no otorgando ventajas económicas, por el impacto que tienen en el pasivo laboral, diferenciando en todo caso, cuando se trata de una herramienta de trabajo, pues documentando adecuadamente esos beneficios podríamos evitar incurrir en el ese incremento del pasivo laboral.

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